El Real Decreto 518/2026 introduce una modificación importante del Reglamento General de Circulación. No se trata únicamente de añadir nuevas obligaciones, sino de adaptar la circulación actual a una realidad que ya vemos todos los días, más motocicletas, más bicicletas, más vehículos de movilidad personal, más reparto profesional en dos ruedas y más convivencia entre usuarios con niveles de protección muy distintos.

La clave de esta reforma está en un concepto que conviene conocer, el usuario vulnerable de la vía. Dentro de este grupo se incluyen peatones, personas mayores, menores, personas con discapacidad o movilidad reducida, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal y ocupantes de motocicletas y ciclomotores.

 

Dicho de forma sencilla, la norma pone el foco en quienes, ante un accidente, tienen menos protección física. Y esto afecta tanto a quien va en moto, bici o patinete, como al conductor de un turismo, una furgoneta o un camión que debe convivir con ellos.

 

¿Cuándo entra en vigor?

 

La entrada en vigor general del Real Decreto 518/2026 está prevista para el 1 de octubre de 2026.

 

No obstante, algunos aspectos cuentan con régimen transitorio. Por ejemplo, la exigencia de utilización diurna del alumbrado en vehículos de movilidad personal se aplicará un año después de la entrada en vigor. También se prevén periodos de adaptación para determinados cascos de ciclomotor y para la regulación técnica específica de los guantes de protección.

 

Por tanto, no conviene esperar al último momento. Muchas de estas medidas no son simples trámites administrativos: tienen una finalidad directa de seguridad.

 

Motoristas y ciclomotores: guantes, calzado cerrado, casco y chaleco

 

Uno de los bloques más relevantes afecta a los usuarios de motocicletas y ciclomotores.

 

A partir de la reforma, los conductores y pasajeros de motocicletas, ciclomotores, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos y quads deberán utilizar casco de protección homologado conforme al Reglamento UNECE R22, correctamente abrochado, cuando circulen por cualquier tipo de vía.

 

Además, se introduce la obligación de utilizar guantes de protección cuando se circule por vías interurbanas. Esta obligación afecta tanto al conductor como al pasajero. Desde un punto de vista técnico, tiene bastante sentido, en una caída, las manos suelen ser uno de los primeros puntos de contacto con el asfalto. La abrasión, los impactos y las lesiones en dedos, nudillos y muñecas pueden ser graves incluso en caídas a velocidades moderadas.

 

También se exige calzado cerrado que cubra todo el pie en todo tipo de vías. Esto deja fuera el uso de chanclas, sandalias abiertas o calzado que no proteja mínimamente el pie. Puede parecer una medida menor, pero no lo es. En moto, el pie queda expuesto a impactos, atrapamientos, abrasión y contacto con elementos calientes o móviles.

 

El chaleco reflectante en motocicletas: punto importante

 

Este es uno de los cambios que conviene explicar bien.

 

Las motocicletas deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad como parte de la dotación obligatoria del vehículo. Es decir, no hablamos sólo de “llevarlo puesto”, sino de que la moto deberá contar con ese elemento dentro de su equipamiento obligatorio.

 

Además, el conductor deberá utilizarlo cuando salga del vehículo y ocupe la calzada o el arcén en vías interurbanas. El supuesto típico es una avería, una parada de emergencia o cualquier incidencia en carretera.

 

Aquí la lógica es clara, un motorista parado en el arcén o junto a la calzada pasa de ser conductor a convertirse en un peatón extremadamente expuesto. Si además hay poca luz, tráfico rápido, lluvia o escasa visibilidad, la diferencia entre ser visto o no ser visto puede ser crítica.

 

Repartidores y uso profesional: chaleco siempre

 

La reforma también presta atención a quienes utilizan la moto, el ciclomotor, la bicicleta o el VMP como herramienta de trabajo.

 

Los conductores que desarrollen su actividad profesional circulando en motocicleta, ciclomotor, bicicleta o vehículo de movilidad personal deberán utilizar chaleco reflectante de alta visibilidad cuando circulen en todo tipo de vías.

 

Esto afecta especialmente a repartidores, mensajeros y otros profesionales que pasan muchas horas expuestos al tráfico urbano e interurbano. Desde el punto de vista preventivo, la medida busca aumentar la complicidad del trabajador, es decir, su capacidad de ser detectado por el resto de usuarios antes de que se genere una situación de riesgo.

 

Intercomunicadores en el casco: permitidos, pero con límites

 

La norma mantiene la prohibición general de conducir utilizando auriculares, cascos de audio o dispositivos que reduzcan la atención permanente a la conducción.

 

Sin embargo, se permite el uso de dispositivos inalámbricos certificados u homologados integrados en el casco de protección de conductores de motocicletas y ciclomotores, siempre que se utilicen exclusivamente para intercomunicación o navegación y no afecten a la seguridad de la conducción.

 

La diferencia es importante. No es lo mismo un sistema integrado y homologado para recibir indicaciones de navegación que conducir con auriculares introducidos en el oído o con dispositivos que aíslen acústicamente al conductor.

 

Patinetes y VMP: edad mínima, casco, luces y visibilidad

 

El Real Decreto también regula de forma más clara los vehículos de movilidad personal.

 

La edad mínima para conducir un VMP queda fijada en 15 años. Además, los usuarios de VMP deberán utilizar casco de protección homologado o certificado.

 

Otro punto relevante es el alumbrado. Los VMP deberán llevar siempre encendido el alumbrado. No es una cuestión estética ni un simple complemento: en ciudad, un patinete puede quedar oculto entre vehículos, mobiliario urbano, sombras, lluvia o reflejos. La luz ayuda a que el resto de usuarios lo detecte antes.

 

Además, cuando circulen entre el ocaso y la salida del sol, o en condiciones meteorológicas o ambientales que reduzcan sensiblemente la visibilidad, los usuarios de VMP deberán llevar al menos un elemento luminoso o reflectante conforme a la normativa de equipos de protección individual, visible a una distancia mínima de 150 metros.

 

Aquí es importante no quedarse sólo con “llevar algo reflectante”. La finalidad es ser visto con suficiente antelación. Un pequeño detalle reflectante mal colocado puede no ser suficiente si no permite una detección clara por parte de los conductores.

 

Bicicletas: más protección y nuevas reglas de convivencia

 

En bicicletas también se refuerzan las obligaciones.

 

El casco será obligatorio en vías interurbanas. Para menores de 16 años, seguirá siendo obligatorio en todo tipo de vías. Además, quienes desarrollen una actividad profesional en bicicleta deberán utilizar casco también en vías urbanas y travesías.

 

En condiciones de baja visibilidad, los ciclistas que circulen en vía interurbana deberán utilizar al menos un elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros.

 

En ciudad, la norma también introduce reglas relevantes para la convivencia con vehículos a motor. Los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril cuando ello mejore su seguridad. Además, los conductores de vehículos a motor deberán dejar una separación mínima de cinco metros respecto al ciclista que les precede en el mismo carril.

 

Esta distancia no es caprichosa. Circular pegado a una bicicleta aumenta el riesgo de alcance, presiona al ciclista, reduce su margen de reacción y puede provocar maniobras bruscas.

 

 Adelantar a ciclistas y usuarios vulnerables: 1,5 metros y reducción de velocidad

 

Uno de los puntos que más afectará a los conductores es la forma de adelantar a ciclistas, peatones, ciclomotores, VMP, animales o vehículos de tracción animal.

 

Cuando se adelante a estos usuarios, el conductor deberá guardar una separación lateral mínima de 1,5 metros. Si la calzada dispone de más de un carril por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril.

 

Además, fuera de poblado, antes de iniciar la maniobra y durante toda su ejecución, el conductor deberá reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite existente en la vía.

 

Este punto es importante, no se trata sólo de “dejar espacio”. La velocidad también influye. Un adelantamiento demasiado rápido puede generar desplazamientos de aire, sobresaltos, pérdida de estabilidad o una reacción defensiva del usuario vulnerable.

 

En la práctica, adelantar bien exige tres pasos, reducir la velocidad, dejar distancia lateral suficiente y cambiar completamente de carril cuando la vía lo exija.

 

Vehículos inmovilizados: más distancia y menos velocidad

 

La reforma también afecta a la forma de rebasar vehículos inmovilizados por avería, accidente, auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico.

 

Cuando un vehículo ocupe total o parcialmente la calzada, quien lo rebase deberá mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.

 

Esto protege tanto a los ocupantes del vehículo averiado como a operarios de asistencia, grúas, servicios de mantenimiento, agentes o cualquier persona que pueda encontrarse trabajando o esperando junto al vehículo.

 

Desde el punto de vista pericial y de reconstrucción de accidentes, este tipo de situaciones son especialmente sensibles, una persona en la calzada o arcén tiene muy poco margen de supervivencia ante un impacto a velocidad elevada.

 

Peatones en vías interurbanas: la regla de los 150 metros

 

Los peatones que transiten por la calzada o el arcén en vías interurbanas entre el ocaso y la salida del sol, o en condiciones de baja visibilidad, deberán utilizar al menos un elemento luminoso o reflectante visible a una distancia mínima de 150 metros.

 

La reforma permite, además, llevar otros elementos luminosos para mejorar la visibilidad.

 

En grupos de peatones, se deberán señalizar las dimensiones del grupo con luces blancas o amarillas hacia delante y rojas hacia atrás en el lado más próximo al centro de la calzada.

 

La idea técnica es sencilla, no basta con “estar” en la vía, hay que ser detectado con tiempo suficiente para que un conductor pueda percibir, valorar y reaccionar.

 

Carril de emergencia en retenciones

 

Otra novedad relevante es la regulación del carril de emergencia en autopistas y autovías.

 

Cuando exista una retención y los vehículos circulen a paso de peatón o estén detenidos, deberán orillarse para dejar un espacio libre que permita el paso de vehículos prioritarios.

 

En vías con dos carriles por sentido, ese espacio se formará entre ambos carriles. En vías con tres o más carriles, se formará entre el carril situado más a la izquierda y el inmediatamente contiguo.

 

Esta medida busca reducir tiempos de llegada de servicios de emergencia. En un siniestro grave, esos minutos pueden ser determinantes.

 

Motocicletas por el arcén en congestión: no siempre y no en cualquier sitio

 

La reforma contempla la posibilidad de habilitar el uso extraordinario del arcén derecho por motocicletas en situaciones de congestión.

 

Pero hay límites claros, sólo podrá hacerse en tramos previamente acordados y señalizados, con velocidad máxima de 30 km/h, en columna de uno y cuando la circulación de los carriles esté detenida por congestión.

 

Por tanto, no debe interpretarse como una autorización general para circular por el arcén. La habilitación dependerá del tramo, de la señalización y de las condiciones concretas de circulación.

 

Más normas, pero con una misma idea: anticipación

 

Todas estas medidas tienen un hilo común, aumentar el margen de anticipación.

 

El chaleco, las luces, los elementos reflectantes, la distancia lateral, la reducción de velocidad, el casco, los guantes o el calzado cerrado no evitan todos los accidentes. Pero sí reducen el riesgo de que se produzcan y, sobre todo, pueden reducir la gravedad de las lesiones cuando el accidente ya no se ha podido evitar.

 

En seguridad vial, la diferencia entre una situación controlada y una tragedia suele estar en pocos segundos, pocos metros o en haber sido visto a tiempo.

 

Resumen práctico para conductores

 

Si conduces un turismo, furgoneta o camión, recuerda tres ideas básicas, aumenta la distancia con ciclistas y usuarios vulnerables, reduce la velocidad al adelantar y cambia completamente de carril cuando la vía tenga más de un carril por sentido.

 

Si vas en moto o ciclomotor, revisa tu equipamiento, casco homologado, guantes en vías interurbanas, calzado cerrado siempre y chaleco reflectante en la dotación de la motocicleta.

 

Si utilizas VMP, ten presente la edad mínima de 15 años, el casco obligatorio, el alumbrado y la visibilidad en condiciones de poca luz.

 

Si eres peatón en vía interurbana, especialmente de noche o con mala visibilidad, no confíes en que “ya te verán”. Utiliza elementos luminosos o reflectantes visibles a distancia.

 

Conclusión

 

El RD 518/2026 no debe entenderse como una simple lista de obligaciones. Su finalidad es adaptar la circulación a un escenario donde conviven coches, motos, ciclistas, patinetes, peatones y vehículos profesionales en espacios cada vez más compartidos.

 

Desde Perimecanic lo vemos con un enfoque claro, la seguridad vial no depende sólo de cumplir una norma, sino de entender el riesgo técnico que hay detrás de cada maniobra.

 

Ver antes, frenar antes, separarse más y protegerse mejor. Esa es la base real de esta reforma.

¿El chaleco reflectante será obligatorio en las motos?
Sí. Las motocicletas deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad como dotación obligatoria. Además, deberá utilizarse cuando el conductor salga del vehículo y ocupe la calzada o el arcén en vías interurbanas.

¿Los motoristas tendrán que llevar guantes?
Sí, los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas. También deberán llevar calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier tipo de vía.

¿Los patinetes eléctricos tendrán edad mínima?
Sí. La reforma fija en 15 años la edad mínima para conducir vehículos de movilidad personal. También exige casco y alumbrado.

¿Qué cambia al adelantar a ciclistas?
En adelantamientos a ciclistas y otros usuarios vulnerables se deberá dejar al menos 1,5 metros de separación lateral. En vías con más de un carril por sentido habrá que cambiar completamente de carril, y fuera de poblado habrá que reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.